Subvenciones para la Modalidad B destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.
Oficina de Apoyo Integral al Empresariado y Emprendedores
En el BOJA nº 83 de fecha 5 de mayo se ha publicado el extracto de la convocatoria para el año 2025 de las subvenciones para la modalidad B, en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía, para personas trabajadoras y Pymes del sector comercial y artesano.
Las bases que regulan dichas subvenciones se publicaron en el BOJA nº 197 de 9 de octubre de 2024 Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.
Se adjunta a esté correo dichas bases así como la convocatoria.
Modalidad B:
Proyectos de apoyo para mejorar el grado de digitalización y la implantación de soluciones para la transformación digital, la mejora de la seguridad y fiabilidad de los procesos, así como el impulso de tecnologías disruptivas.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, siempre y cuando cumplan los requisitos indicados en la Orden de 3 de octubre de 2024, las personas trabajadoras autónomas y PYMEs del sector comercial y artesano. En el Anexo I de la Orden se indican la relación de actividades económicas subvencionables.
Cuantía:
La subvención ascenderá a una cuantía que alcanzará el 100% del importe solicitado, de acuerdo con el límite máximo subvencionable establecido para cada solicitante en el artículo 6 de la Orden de 3 de octubre de 2024.
Gastos Subvencionables Modalidad B:
- Software de contabilidad, facturación, relaciones con proveedores y otros módulos (ERP).
- Software de gestión y/o automatización de almacenes.
- Software de gestión de las relaciones con clientes (CRM) y otras actuaciones de fidelización de clientes.
- Aplicaciones digitales de gestión y ofimática accesibles desde cualquier dispositivo.
- Aplicaciones o soluciones de ciberseguridad.
- Software de ventas.
- Diseño, implementación y elaboración de contenido de aplicaciones para móviles o sitios web con información corporativa, catálogo de productos u otra información necesaria orientadas para la venta.
- Diseño e implementación de páginas web o tienda online que permita al negocio poner en venta sus productos o servicios..
- Adquisición del terminal de punto de venta (TPV) y accesorios complementarios como: escáner de código de barra, impresora de recibos y etiquetas, balanza digital y otros.
- Adquisición de equipamiento digital orientado a digitalizar los puntos de venta o mejoras en el sistema de producción: Cartelería digital, escaparate virtual y escaparate web de Gestión Dual, probador inteligente, sistemas de click & collect, cajas de autoservicio, etiquetas RFID y códigos QR, sistemas de pago digital, puntos de venta móviles, pantallas led multifunción, cajones inteligentes, gestores digitales de cobro de efectivo, sistemas de conteo de personas y equipamiento informático (hardware).
- Consultoría para diseñar e implementar una estrategia de omnicanalidad que permita mejorar la relación entre la empresa y el cliente.
- Consultoría para la elaboración de una estrategia de comunicación y marketing online, y su implementación.
- Contratación de servicios de plataformas para la inclusión de los productos y servicios de la empresa en marketplace.
- Contratación de servicios de marketing relacional o de mejora en la relación con los clientes, hasta un año de servicio en su caso.
- Contratación de servicios de gestión de las redes sociales o de diseño de una estrategia de redes sociales hasta un año de servicio en su caso.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones, será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las solicitudes se presentarán, de conformidad con el modelo de formulario de solicitud que se aprueba en la convocatoria, de forma exclusivamente electrónica. Habrán de ser presentadas a través de la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. La solicitudes se evaluarán por orden de entrada hasta el agotamiento del crédito presupuestario.
Otros datos:
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria, e igualmente se puede acceder a ellos a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Para cualquier aclaración:
comercio.ca.ceeta@juntadeandalucia.es
955063910