NIVELES DE MEDIDAS PREVENTIVAS COVID-19 EN ANDALUCÍA.

COVID-19

NIVELES DE MEDIDAS PREVENTIVAS COVID-19 EN ANDALUCÍA.

7 enero 2022

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ÚLTIMA NORMATIVA, BOJA EXTRAORDINARIO Nº 10, miércoles 30 de marzo de 2022.

Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de la salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma en la provincia de Cádiz. , publicado en el BOJA Extraordinario, nº 10 de 30 de marzo de 2022.

La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirán efectos desde las 00 horas del día 31 de marzo de 2022 hasta las 00 horas del 28 de abril de 2022, manteniéndose vigentes mientras la situación epidemiológica no presente cambios, y en todo caso durante un mínimo de 7 días naturales, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2021.

ÚLTIMA NORMATIVA, BOJA EXTRAORDINARIO Nº 9, miércoles 16 de marzo de 2022.

Resolución de 16 de marzo de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de la salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma en la provincia de Cádiz. , publicada en el BOJA EXTRAORDINARIO, Nº 9, miércoles 16 de marzo de 2022.

La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirán efectos desde las 00:00 horas del día 17 de marzo de 2022 hasta las 00:00 horas del 31 de marzo de 2022, manteniéndose vigentes mientras la situación epidemiológica no presente cambios, y en todo caso durante un mínimo de 7 días naturales, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2021.

ÚLTIMA NORMATIVA, BOJA EXTRAORDINARIO Nº 8, martes 1 de marzo de 2022.

Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de la salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma en la provincia de Cádiz. , publicado en el BOJA EXTRAORDINARIO Nº 8, martes 1 de marzo de 2022.

La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirán efectos desde las 00 horas del día 2 de marzo de 2022 hasta las 00 horas del 17 de marzo de 2022.


BOJA EXTRAORDINARIO, Nº1
miércoles 12 de enero de 2022

Todos los municipios de la provincia de Cádiz se sitúan en Nivel de Alerta Sanitaria 2.

La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirán efectos desde las 00 horas del día 13 de enero de 2022 hasta las 00 horas del 27 de enero, manteniéndose vigentes mientras la situación epidemiológica no presente cambios, y en todo caso durante un mínimo de 7 días naturales, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2021.

LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS PARA LAS ZONAS EN NIVEL 0, 1 Y 2 SON: 
*Certificado COVID para visitantes y acompañantes de pacientes hospitalizados o de residentes en centros sociosanitarios.
*Certificado COVID: para el acceso a establecimientos de hostelería y ocio nocturno.
*Los aforos y horarios serán los establecidos por la normativa municipal para cada establecimiento.
*Ventilación adecuada en espacios cerrados.
*Mantenimiento de la  mayor distancia interpersonal posible.
*Circulación ordenada para evitar aglomeraciones.
*Mascarilla obligatoria en interiores y exteriores.

NIVELES DE COVID-19 EN ANDALUCÍA POR DISTRITO SANITARIO (18/12/2021-15/01/2022).


Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de la salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma en la provincia de Cádiz, publicado en el BOJA EXTRAORDINARIO, Nº 94, martes 28 de diciembre de 2021.

Las medidas que se adoptan en este nivel vienen establecidas en la Orden de 17 de diciembre de 2021 que modifica la Orden de 7 de mayo de 2021, y entre las que se destacan:

  • Se suprimen los horarios y aforos, que vendrán determinados por la normativa sectorial o municipal de aplicación.
  • El uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares de clientes, visitantes o usuarios Uso obligatorio de mascarilla, ventilación adecuada y medidas organizativas oportunas para evitar aglomeraciones será conformo al aforo autorizado en los mismos, sin olvidar el uso obligatorio de la mascarilla, ventilación adecuada y medidas organizativas oportunas para evitar aglomeraciones.
  • No es necesario realizar evaluación de riesgo por la autoridad sanitaria para actividades, pruebas y eventos deportivos en el que se concentren más de 2.000 personas al aire libre y 1.000 personas en interiores. 
  • En cines, teatros, establecimientos para festivales, circos…, se adoptarán medidas dirigidas a la circulación, apertura de puertas y salida del publico de manera que se respete la distancia de seguridad interpersonal. En eventos multitudinarios será obligatorio el uso de la mascarilla aún celebrándose al aire libre.
  • En ferias comerciales, conferencias, congresos y otros eventos profesionales, no será necesario realizar la evaluación de riesgo por la autoridad sanitaria.

Medidas establecidas desde el 18 de diciembre de 2021 hasta las 00:00 horas del día 15 de enero de 2022.