ACCESO A ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA, OCIO Y ESPARCIMIENTO.

COVID-19

ACCESO A ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA, OCIO Y ESPARCIMIENTO.

7 enero 2022

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La Resolución de 19 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 16 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso de las personas usuarias al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento, establece desde el día 19 de diciembre de 2021 hasta las 0 horas del día 15 de enero de 2022, las personas mayores de 12 años podrán acceder al espacio interior de los establecimientos de hostelería, y de ocio y esparcimiento, siempre que dispongan de un certificado emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado en caso de prueba diagnóstica negativa, sin necesidad de que se trate del certificado COVID digital de la UE ni de que ese servicio de salud o laboratorio radiquen en la Unión Europea, siempre que acredite alguno de los siguientes extremos: 

  1. Que recibieron la pauta completa de una vacuna contra la Covid-19 .
  2. Que disponen de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos.
  3. Que se recuperaron de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses. Para ello, la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado de la Covid-19 hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, no siendo válido otro tipo de test.

Del mismo modo, para acceder a estos establecimientos será imprescindible que las personas usuarias acrediten documentalmente tanto su identidad, como de la concurrencia de cualquiera de las tres circunstancias previstas en el mismo. El certificado se puede exhibir en formato electrónico o impreso y en el caso de personas con certificados expedidos fuera de la Unión Europea, pueden exhibir el mismo tipo de certificado covid19 que les hubiera servido para entrar en España.

En estos establecimientos se colocará un cartel informativo al público, sobre el carácter necesario de esta documentación para el acceso al mismo, así como sobre la no conservación de los datos personales sanitarios acreditados.

VERIFICACIÓN DE CERTIFICADOS COVID19.

La App Salud Andalucía permite validar los certificado Covid en aquellos centros o establecimientos en que sea necesario. Incluye un lector de códigos QR a través del cual es posible verificar la validez del certificado Covid de la Unión Europea. La descarga de la aplicación es gratuita. Más información sobre la App Salud Andalucía y opciones de descarga. 

El lector comprueba que el QR que leemos es correcto, es decir, que existe en el repositorio de certificados y revisa los datos para comprobar su autenticidad y caducidad. Cuando la aplicación certifica que los datos son correctos devuelve un ‘ok’ con los datos básicos del titular (nombre y fecha de nacimiento) para que la persona que lo valida pueda comprobar que se corresponden con la identidad de quien lo presenta. El ‘ok’ se muestra con un gran círculo verde con un check positivo dentro. En el caso de que no sea válido se presenta un círculo rojo con un aspa en el centro.

El dispositivo que lee el código no guarda la información, ya que solo es un mecanismo de comprobación que elimina el contenido una vez que termina la operación. Con este sistema se garantiza la validez de los certificados de una manera rápida y eficaz, preservando los datos de los usuarios.

Para acceder al lector solo hay que abrir la aplicación, pinchar en certificados Covid y verificación QR.